DETERMINACIÓN DEL GRADO DE RIESGO DE INCENDIO
(NOM-002-STPS-2010)
"Es necesario evaluar el riesgo de incendio que ofrece el inmueble, el control que se debe tener para el tipo de fuego que se presente y la protección con la que se evite este tipo de riesgos".
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ha definido en su Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 (Condiciones de seguridad - Prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo) la forma en la que debe evaluarse este riesgo en particular, otorgando al inmueble básicamente dos grados: Alto y Ordinario, con la finalidad de que el personal responsable cuente con parámetros reales para adecuar, por un lado su instalación y, por el otro, prevea el equipamiento necesario para la prevención y la probable extinción de incendios.
En la metodología que señala la norma en su apéndice A, se analizan factores o características de la edificación, humanos y materiales mismos que determinan el grado en el que una empresa se clasificará, ya sea en lo general o bien por en el plano específico (áreas), por ello, al realizar la supervisión de seguridad, se deberá solicitar el análisis para la determinación del grado de riesgo de incendio, en el cual por lo menos se debe observar que se consideren los parámetros que se citan en dicho apéndice.
Es importante revisar si la clasificación se realizó por áreas y si en éstas se cumple la característica de que los materiales que las separan son resistentes al fuego o bien la distancia es considerable entre una y otra con la finalidad de que el fuego no se propague entre ellas.
Como datos generales, el análisis para la determinación de grado de riesgo de incendio debe especificar si se realizó por áreas o bien por todo el centro de trabajo.
En ambos casos, se debe determinar el inventario de los materiales que se manejan en el establecimiento (guardería, fábrica, oficinas, hotel), clasificándolos en inflamables (líquidos y gases) y combustibles (líquidos y sólidos), recordando que la diferencia entre éstos, es tan sólo la temperatura a la cual el material empieza a desprender vapores siendo susceptible de iniciar un fuego.
Identificados los materiales con los que cuenta el establecimiento se deberá observar en el estudio, que se haya integrado el inventario máximo de cada uno de éstos, mismos que tendrán que sumarse para poder determinar el riesgo de incendio –de acuerdo a lo establecido en la Tabla A.1– que representan tan sólo por estar almacenados o bien manejarse dentro del inmueble.
También en la determinación del riesgo de incendio se debe considerar la superficie del área de trabajo o bien del centro de trabajo. Los parámetros que se deben tomar en cuenta se muestran en la siguiente tabla:
TABLA A.1 Determinación del riesgo de incendio
Esta metodología debe observarse en todos los estudios para definir el grado de riesgo de incendio de una empresa, sin embargo, adicionalmente se tendrá que incluir la información que se lista a continuación:
- Nombre, denominación, razón social o identificación del centro de trabajo;
- El domicilio completo del centro de trabajo;
- La descripción general del proceso productivo, así como los materiales y cantidades que se emplean en dichos procesos;
- El número máximo de trabajadores por turnos de trabajo o, en su caso, los ubicados en locales, edificios o niveles del centro de trabajo;
- El número máximo estimado de personas externas al centro de trabajo que concurren a éste, tales como contratistas y visitantes;
- La superficie construida en metros cuadrados;
- El desglose del inventario máximo que se haya registrado en el transcurso de un año, de los materiales, sustancias o productos que se almacenen, procesen y manejen en el centro de trabajo, y la clasificación correspondiente en cada caso, según lo establecido en la Tabla A.1. Cuando la clasificación se haya efectuado de manera independiente por cada área de trabajo, se presentará el desglose de inventarios y la clasificación correspondiente para cada una de éstas;
- El cálculo desarrollado para la determinación final del riesgo de incendio;
- La fecha de realización de la determinación final del riesgo de incendio;
- El tipo de riesgo de incendio (ordinario o alto), y
- El nombre de la(s) persona(s) responsable(s) de la clasificación realizada.
En el caso de las empresas que no cuentan con un proceso productivo, como puede ser el caso de una Guardería o Estancia Infantil, es recomendable que realicen una breve descripción de las labores que desarrollan, sin embargo, no es obligada esta situación pero se sugiere para conocer el uso de los materiales con los que trabajan en el centro de trabajo e identificar las cantidades de los mismos.
Las medidas de prevención necesarias para mantener un control en los factores que propician los incendios, a saber son:



